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Asilo

Si te encuentras en los EE.UU y temes regresar a tu país de origen

Porque has sufrido persecución, maltrato, agresión o violación de tus derechos fundamentales, el asilo podría ser tu alivio migratorio.

En Estados Unidos existen dos tipos de asilo

Asilo Afirmativo

Es un proceso mediante el cual los individuos que han experimentado persecución o temen ser perseguidos en sus países de origen pueden solicitar protección y refugio en territorio estadounidense.

Asilo Defensivo

Es un mecanismo legal que permite a los individuos que se encuentran en proceso de deportación o que ya se encuentran en un tribunal de inmigración solicitar protección y refugio basándose en la persecución sufrida o temida en sus países de origen.

Proceso para solicitar el asilo

Asilo Afirmativo

El proceso de solicitud de asilo afirmativo en Estados Unidos se inicia cuando se presenta una solicitud formal ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés). Es importante destacar que se debe presentar la solicitud dentro del plazo de un año desde la llegada al país, a menos que existan circunstancias excepcionales o cambios significativos en la situación del solicitante que justifiquen la demora.

Una vez presentada la solicitud, el solicitante deberá asistir a una entrevista con un oficial de asilo designado por el USCIS. Durante esta entrevista, el solicitante deberá proporcionar información detallada sobre los motivos de su solicitud, incluyendo las circunstancias que lo llevaron a abandonar su país de origen.

Asilo Defensivo

El proceso de solicitud de asilo defensivo en Estados Unidos se presenta en el contexto de un proceso de deportación o en un tribunal de inmigración. Cuando un individuo se encuentra en uno de estos procesos y teme ser perseguido en su país de origen, tiene la oportunidad de solicitar asilo defensivo como parte de su defensa legal.

El solicitante debe presentar una solicitud formal ante el tribunal de inmigración, indicando claramente los motivos de su temor de persecución y proporcionando pruebas documentales, testimonios u otros tipos de evidencia que respalden su caso. Es importante destacar que el solicitante debe demostrar que cumple con la definición de refugiado establecida en la Ley de Inmigración y Nacionalidad, es decir, haber sufrido persecución o temer ser perseguido debido a su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política.
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Iniciar el proceso de asilo te brindará beneficios tales como:

  • Protección contra la deportación.
  • Permiso de empleo (“work permit”).
  • Tarjeta de seguro social.
  • Asistencia de empleo.
  • Vincular a tu cónyuge e hijos.
  • Ajuste de estatus.
  • Asistencia y servicios a través de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR).
El estatus de asilado te abre las puertas a una residencia legal permanente y posibilidades futuras a la ciudadanía americana.

Sin embargo, el asilo requiere de una representación legal solida y permanente.

En caso que requieras representación legal, te podremos referir un profesional especializado en derecho migratorio con experiencia en este tipo de procesos.

Preguntas frecuentes

Para ser elegible para el asilo afirmativo en Estados Unidos, el solicitante debe cumplir con la definición de refugiado establecida en la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Según esta definición, un refugiado es una persona que ha sufrido persecución o teme ser perseguida debido a su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política. El solicitante debe demostrar que su temor de persecución es válido y está fundamentado en circunstancias objetivas. Esto implica presentar pruebas documentales, testimonios o cualquier otro tipo de evidencia que respalde su caso. Es importante destacar que el miedo de persecución debe ser individualizado, es decir, debe estar dirigido específicamente hacia el solicitante y no ser simplemente el resultado de una situación generalizada en su país de origen.

Una vez completada la entrevista de asilo afirmativo, el oficial de asilo del USCIS evaluará la solicitud y tomará una decisión. En caso de que la solicitud sea aprobada, el solicitante recibirá el estatus de asilado, lo que le permitirá permanecer en Estados Unidos y solicitar beneficios relacionados con el asilo.
Si la solicitud de asilo afirmativo es denegada, el caso puede ser remitido a un tribunal de inmigración, donde el solicitante tendrá la oportunidad de presentar una defensa para buscar la aprobación del asilo. Durante el proceso de defensa, el solicitante tiene el derecho de ser representado por un abogado de inmigración y presentar pruebas adicionales que respalden su caso. El juez de inmigración será el encargado de evaluar las pruebas y tomar una decisión final sobre la elegibilidad del solicitante para el asilo afirmativo.
El asilo afirmativo en Estados Unidos es un mecanismo vital para brindar protección y refugio a aquellos individuos que han sufrido persecución o temen ser perseguidos en sus países de origen. A través de un proceso de solicitud riguroso y una evaluación detallada de los casos, el asilo afirmativo busca garantizar que aquellos que califiquen como refugiados puedan encontrar seguridad y oportunidades en territorio estadounidense.

Si bien el proceso de solicitud y las implicaciones legales asociadas pueden ser complejos, es fundamental que los individuos en busca de asilo afirmativo busquen asesoramiento legal especializado para comprender plenamente los requisitos y procedimientos específicos. Además, es importante tener en cuenta que las políticas migratorias y los criterios de elegibilidad pueden estar sujetos a cambios, por lo que siempre es recomendable estar actualizado sobre las regulaciones vigentes.

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Tiempo aproximado por consulta 30 minutos. Podrían aplicar tarifas. Consulte T&C

Disclaimer: Consulta no profesional ni legalmente vinculante. Inmigración Humana no es ni representa ser abogado licenciado en los EE.UU. Consulta a abogado externo es adicional. Ver más en T&C

COMUNICADO PARA LOS CLIENTES DE LA MIGRACIÓN HUMANA LLC

Fecha: 05.11.24

Asunto: Disolución de La Migración Humana LLC y continuidad de la marca “Inmigración Humana” bajo una nueva LLC.

Importante:

Este comunicado se dirige a todos los clientes de Inmigración Humana en lo relativo al cambio de LLC.

Disolución de La Migración Humana LLC y continuidad de la Marca Inmigración Humana bajo una nueva Entidad Jurídica LLC.

  1. Inmigración Humana (inmigracionhumana.com) es una marca comercial (en adelante, “IH”). Como tal debe diferenciarse de la sociedad jurídica que la respalda y con la cual los clientes suscribieron sendos contratos de prestación de servicios (en adelante, “contrato de servicios”).
  2. Desde su entrada al mercado, La Migración Humana LLC (en adelante, “LMH”) ha soportado la actividad comercial de Inmigración Humana.
  3. Por decisión discrecional de los accionistas y colaboradores de IH, el día 17 de octubre de 2024 se inició el procedimiento de disolución de LMH, el cual aún se encuentra en curso (descargar Articles of Dissolution).
  4. La disolución de LMH obedece únicamente a motivos empresariales de organización y eficiencia. Consecuentemente, no existe investigación y/o sanción federal o estatal alguna, judicial o administrativa, en contra de LMH o sus accionistas.
  5. Consultar en https://search.sunbiz.org/Inquiry/CorporationSearch/ByName bajo La Migración Humana.
  6. Cuando el procedimiento de disolución de LMH culmine, los clientes de IH serán debidamente notificados sobre la nueva LLC que reemplazará, para todos los efectos legales, a LMH en sus derechos y obligaciones contractuales.
  7. El procedimiento de subrogación contractual descrito en el numeral 6 será surtido únicamente con aquellos clientes de LMH que hayan cumplido y se encuentren al día con su obligación de En relación con aquellos clientes que se encuentren en condición de impago, LMH terminó y/o terminará unilateral y justificadamente sendos “contratos de servicios”.
  8. El equipo de profesionales vinculados a IH informa categóricamente que nunca ha sido ni será una opción válida para los accionistas, colaboradores y empleados de LMH defraudar la confianza depositada en ella por sus clientes. Nuestro compromiso es continuar prestando un servicio de calidad a todos nuestros clientes.

Se estima importante tener siempre presente, conforme ya se sabe por parte de nuestros clientes que IH / LMH no es ni representa ser una oficina de abogados. Prueba de esto se encuentra en los Términos y Condiciones del Servicio publicados en https://inmigracionhumana.com/terminos-condiciones/, el “contrato de servicios” entre LMH y sus clientes, así como durante la comunicación entre el cliente potencial y el respectivo asesor comercial de IH.

 

Si tu abogada es la Sra. Jennifer Irizarri, recibirás un email con información e instrucciones sobre su proceso. En caso de recibirlo antes del día 10.11.24, favor contactarnos.

 

Cordial saludo,

JORGE ALBERTO FIERRO ABELLA
Director General Inmigración Humana